Mediante Resolución No. NAC-DGERCGC14-00100, publicada en el Registro Oficial No. 189 del 21 de febrero de 2014, el Servicio de Rentas Internas (SRI), reformó la Resolución No. NAC-DGER2008-1510, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 497 de 30 de diciembre de 2008 y sus posteriores reformas, relacionada con la “Declaración Patrimonial Personas Naturales Nacionales y Extranjeras por Internet”
Para ver el Top Memo: https://www.dropbox.com/s/f9kxg87x3t321vt/Declaraci%C3%B3n%20Patrimonial%20de%20Personas%20Naturales%20Nacionales%20y%20Extranjeras%20por%20Internet.pdf
viernes, 28 de febrero de 2014
TARIFAS MAXIMAS PARA COMPAÑÍAS QUE VENDEN A CREDITO
Mediante Resolución No. SC.INPA.G.13.015, publicada en el Registro Oficial No. 162 del 15 de enero
del 2014, la Superintendencia de Compañías aprobó las tarifas máximas que regirán para el primer semestre (enero – junio) de 2014, para las compañías nacionales y extranjeras que realizan ventas a crédito.
Para ver el Top Memo: https://www.dropbox.com/s/8clmfwlth7vpqie/TARIFAS%20MAXIMAS%20PARA%20COMPA%C3%91%C3%8DAS%20QUE%20VENDEN%20A%20CREDITO.pdf
del 2014, la Superintendencia de Compañías aprobó las tarifas máximas que regirán para el primer semestre (enero – junio) de 2014, para las compañías nacionales y extranjeras que realizan ventas a crédito.
Para ver el Top Memo: https://www.dropbox.com/s/8clmfwlth7vpqie/TARIFAS%20MAXIMAS%20PARA%20COMPA%C3%91%C3%8DAS%20QUE%20VENDEN%20A%20CREDITO.pdf
Novedades Tributarias Sobre Beneficios Tributarios y Declaraciones Semestrales de IVA
Para acceder al Top Memo: https://www.dropbox.com/s/kmfxkienz6jdtuk/Novedades%20Tributarias.pdf
miércoles, 19 de febrero de 2014
SE ESTABLECE EL SALARIO DIGNO MENSUAL EN USD 380,53 PARA EL AÑO 2013
Mediante
Acuerdo No. 0027, expedido el 31 de enero del 2014, el Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) determinó el Salario Digno
Mensual para el año 2013 en USD 380,53.
Para descargar el acuerdo ministerial: https://www.dropbox.com/s/sky3uuy4396f1d9/SALARIO%20DIGNO%20MENSUAL.pdf
jueves, 13 de febrero de 2014
SE PUEDEN DEDUCIR LOS SUELDOS, SALARIOS U HONORARIOS PAGADOS A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LAS SOCIEDADES
Mediante
Circular No. NAC-DGECCGC14-00002, publicada en el Primer Suplemento del
Registro Oficial No. 182 de fecha 12 de febrero de 2014, el Servicio de
Rentas Internas (SRI) recuerda a los sujetos pasivos de impuestos administrados
por el SRI lo siguiente:
“Exclusivamente para fines tributarios,
puntualmente para efectos de establecer la base imponible de impuesto a la
renta, y sin perjuicio de lo dispuesto en la correspondiente normativa laboral
y civil respecto de la calidad o naturaleza de la relación jurídica existente
entre una empresa, se trate ésta de una persona natural o de una sociedad y sus
representantes legales, sean éstos directores, gerentes, administradores y en
general personas que tengan poder para representar y obligar a la empresa o
entidad, así como de mandatarios o apoderados, que ejerzan funciones
permanentes en el régimen interno de una empresa, se considerarán deducibles
los sueldos, salarios u honorarios a éstos pagados, siempre y cuando la empresa
o sociedad haya efectuado, en dichos casos, las correspondientes aportaciones
al seguro social, bajo el régimen de afiliación obligatoria o bajo el régimen
de afiliación voluntaria, según corresponda”
Fuente: SRI
viernes, 7 de febrero de 2014
REBAJA POR DISCAPACIDAD DEL 150% DEL IMPUESTO A LA RENTA, APLICA ÚNICAMENTE CUANDO EXCEDA EL PORCENTAJE MÍNIMO DE INCLUSIÓN SOCIAL
Para descargar este Top Memo:
https://www.dropbox.com/s/zdjzfmthsct5d8a/Rebaja%20por%20Discapacidad%20del%20150%25%20del%20Impuesto%20a%20la%20Renta.pdf
https://www.dropbox.com/s/zdjzfmthsct5d8a/Rebaja%20por%20Discapacidad%20del%20150%25%20del%20Impuesto%20a%20la%20Renta.pdf
lunes, 3 de febrero de 2014
NUEVA TASA DE APORTACIÓN (20,5%) AL IESS PARA EL RÉGIMEN ESPECIAL DEL SEGURO VOLUNTARIO
Mediante Resolución No. CD 462,
publicada en el Registro Oficial No. 173 del 30 de enero de 2014, el Consejo
Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, resuelve incrementar a 20,5% (antes 17,5%) la
tasa de aportación de los trabajadores autónomos y sin relación de dependencia,
profesionales de libre ejercicio, administradores o patronos de negocios y
dueños de una empresa unipersonal.
Para revisar la Resolución del Consejo
Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, firmada el 26 de
diciembre del 2013: https://www.dropbox.com/s/j9zbx9u5q4pbpwd/Nueva%20Tasa%20de%20Aportaci%C3%B3n%20%2820%2C5%25%29%20al%20IESS%20para%20Seguro%20Voluntario.pdf
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